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CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

Los viajes combinados en los que participa Happy Erasmus están organizados por la agencia de viaje: Ikastravelling S.L, con domicilio en Avenida Lehendakari Aguirre, 2 bajo, 48014 Bilbao, España y con Titulo de inscripción CIE: 2410, y CIF B-95852653.

Información previa al proceso contractual

La presente página web [www.erasmusbilbao.com] es propiedad de [Ikastravelling S.L], con CIF: [B-95852653] y dirección fiscal en [Avenida Lehendakari Aguirre, 2 bajo, 48014 Bilbao].

Las Condiciones Generales de Contratación regulan la relación de venta a distancia entre Ikastravelling S.L. y el usuario o cliente, de acuerdo con las estipulaciones legales, en especial, la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, al Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre de 1999, por el que se regula la Contratación Telefónica o Electrónica con condiciones generales, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, y a la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

Ikastravelling S.L. se reserva el derecho a realizar las modificaciones que considere oportunas, sin aviso previo, en las Condiciones Generales. Dichas modificaciones podrán realizarse, a través de sus websites, por cualquier forma admisible en derecho y serán de obligado cumplimiento durante el tiempo en que se encuentren publicadas en la web y hasta que no sean modificadas válidamente por otras posteriores. No obstante, Ikastravelling S.L se reserva el derecho de aplicar, en determinados casos, unas Condiciones Particulares de Contratación con preferencia a las presentes Condiciones Generales cuando lo considere oportuno, anunciándolas en tiempo y forma oportunos.

Como usuario o cliente declara expresamente conocer, entender y aceptar las condiciones de uso y estas condiciones generales de contratación. Del mismo modo, declara ser mayor de edad y tener la capacidad jurídica y de obrar necesarias para el acceso a los sitios web de Ikastravelling S.L y la contratación por medio de los mismos.

Es requisito imprescindible que se registre como usuario de la web para poder comprar online. Puede acceder al apartado “Registro de usuario” para ello. Haciéndolo, tendrá la posibilidad de crear y modificar su perfil, ver su historial de pedidos etc. También podrá modificar su contraseña, además de otros datos de cliente.

De conformidad con lo que establece la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, Ikastravelling S.L informa a los usuarios que los datos personales recabados durante el proceso de registro y posterior compra, serán introducidos en un fichero bajo su responsabilidad, con la finalidad de tramitar dichas acciones por parte del usuario y gestionar actuaciones posteriores derivadas de las mismas. Así­ mismo, Ikastravelling S.L  informa de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante un escrito a la dirección Avenida Lehendakari Aguirre, 2 bajo, 48014 Bilbao, España con Horarios de Atención al cliente: de Lunes a Jueves de 11h a 18h y Viernes de 12h a 18h.

Mientras no nos comunique lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados, que usted se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos el consentimiento para utilizarlos a fin de poder fidelizar la relación entre las partes.

Durante el proceso de compra deberá identificarse con el nombre de usuario y la contraseña proporcionados. Estos datos no serán públicos. Usted se hace responsable de tratar confidencial y responsablemente la identidad y contraseña obtenidas en el registro como cliente, no pudiendo cederlas a otro.

Confirmación de la reserva

La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la confirmación de la reserva.

Desde ese instante el contrato de viaje combinado es de obligado cumplimiento para ambas partes.

Regulación jurídica aplicable al contrato de viaje combinado y aceptación de las condiciones generales

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Libro Cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Las presentes Condiciones Generales se incorporarán, a todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas/ofertas contenidos en el programa/oferta y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato.

Organización

La organización de los eventos está a cargo de Ikastravelling S.L, con domicilio en Avenida Lehendakari Aguirre, 2 bajo, 48014 Bilbao, España y con Titulo de inscripción CIE: 2410, y CIF B-95852653.
Teléfono de atención al cliente: +34693.744.331 Como representante de la marca Happy Erasmus.

Precio

Todas las transacciones se realizan en moneda española: €

El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del programa/oferta o de los posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa.

Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de precio aludidas.

Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato.

En ningún caso, se revisará al alza en los veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes ya realizadas.

1. El precio del Viaje Combinado incluye.
1.1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el tipo de transporte, características y categoría que conste en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo.
1.2. El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el establecimiento y régimen alimenticio que figura en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo, o en otros similares en caso de sustitución.
1.3. Impuestos de los establecimientos hoteleros.
1.4. Los impuestos indirectos (I.V.A., I.G.I.C.) cuando éstos sean aplicables.
1.5. La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/oferta contratado.
1.6. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el programa/oferta contratado.
1.7. Todo aquello que expresamente se haga constar en el contrato del viaje combinado.

2. Ofertas especiales.
Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/oferta, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta, aún cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este programa, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.

3. Exclusiones.
3.1. El precio del Viaje Combinado no incluye: Visados, tasas de aeropuerto y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, "extras" tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales - ni siquiera en los supuestos de la pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa-, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado "El precio del viaje combinado incluye" o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
3.2. Excursiones o visitas facultativas. En el caso de excursiones o visitas facultativas que se contraten en destino, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación en el programa tiene mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo de "estimado". Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado.

Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.
3.3. Propinas. Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas.

En el caso de los cruceros, la propina pierde su voluntariedad y, al comienzo del mismo, se advierte el cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la finalización del viaje una cantidad determinada en función de la duración. Esa cantidad, fijada antes de comenzar el crucero, tiene como único destinatario al personal de servicio.

Política de entrega

El servicio se realizará en las fechas indicadas, una vez se haya abonado.

Forma de pago

Inscripciones y reembolsos. En el acto de la inscripción, la Agencia podrá requerir un anticipo del 50% del importe total del viaje, expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado solicitado. El importe restante deberá abonarse contra la entrega de los bonos o documentación del viaje, que deberá realizarse al menos quince días antes de la fecha de salida.

De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado siguiente.

En el supuesto de que antes de la celebración del contrato el Organizador se vea imposibilitado de prestar alguno de los servicios solicitados por el cliente (incluido el precio), deberá serle comunicado a través de la Agencia Minorista al consumidor, el cual podrá renunciar a la solicitud recuperando exclusivamente las cantidades anticipadas si las hubiere.

Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto se formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.

Desistimiento del consumidor, cesiones y cancelación del viaje

En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como del anticipo previsto en el apartado precedente, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican:

a) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido éstos últimos.
b) En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento se produzca por causa de fuerza mayor:

    1. Los gastos de gestión más los gastos de anulación dependerán de cada viaje y dicha información se encuentra disponible en el itinerario de cada viaje.
    2. a) Una penalización consistente en el 50% del importe total del viaje en caso de que sea de un unico pago en caso de que sea un viaje que se realiza en 2 pago se perderia la reserva (1º pago), si la cancelación se produce con más de catorce y menos de 60 días (laborables) de antelación a la fecha del comienzo del viaje. b) Una penalización consistente en el 100% del importe total del viaje, si la cancelación se produce dentro de los catorce días (laborales) anteriores a la salida del viaje. De no presentarse a la hora prevista para la salida, el cliente está obligado al pago del importe total del viaje, abonando las cantidades pendientes, en su caso y no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.
    3. Condiciones Especiales: en el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como billetes de aviones, buques, tarifas especiales, etc... los gastos de anulación por desistimiento serán los acordados por las partes, y en su defecto, los expresamente establecidos para el producto/servicio contratado.

    El consumidor del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona, comunicándolo por escrito con catorce días (laborables) de antelación a la fecha del inicio del viaje y pagando el respectivo importe por gastos de gestión. Tal cesión no sería posible cuando concurra causa suficiente.

    El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente ante la Agencia de Viajes del pago del precio del viaje y de los gastos adicionales justificados de la cesión.

    En los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique expresamente, la viabilidad de la oferta de viaje combinado a contar con un mínimo de participantes y por no alcanzarse ese número, se produzca la anulación del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto de indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por escrito con un mínimo de 48 horas de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje.

Alteraciones

La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:

    a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor.
    b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado a).

En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.

    c) En el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato al amparo de lo previsto en el apartado b), o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al consumidor, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o el Detallista pueda proponérselo.

En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o Detallista deberá reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.

    d) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del contrato, que será del 5 por cien del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por cien se produce entre los quince días y tres días anteriores; y el 25 por cien en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las cuarenta y ocho horas anteriores.
    e) No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:

    Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje combinado sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al consumidor antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato.
    Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

    f) En el caso de que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor, y, en su caso, abonará a éste último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el consumidor continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
    g) Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
    h) En caso de reclamación, el detallista o, en su caso, el organizador deberá obrar con diligencia para hallar soluciones adecuadas.
    i) En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viaje combinado (como, por ejemplo, billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, etc.) será responsabilidad del Organizador.

Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto o viceversa, u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador, éste reembolsará únicamente el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.

Obligación del consumidor de comunicar todo incumplimiento de la ejecución del contrato

El consumidor está obligado a comunicar todo incumplimiento en la ejecución del contrato preferentemente "in situ" al representante del Organizador en destino según consta en la documentación del viaje o, en otro caso, a la mayor brevedad posible por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia, al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate.

En el caso de que las soluciones arbitradas por la Agencia no sean satisfactorias por el consumidor, éste dispondrá del plazo de un mes para reclamar ante la Agencia detallista o el organizador, siempre a través de aquella.

Prescripción de acciones

No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el Libro Cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007 será de dos años, según queda establecido en el Artículo 164 del citado libro.

Responsabilidad

10.1. General. La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje.

Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    1.1. Que los derechos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
    1.2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
    1.3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
    1.4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar, así como por causa suficiente de acuerdo con lo previsto en los reglamentos de Agencias de Viajes.

No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2,3 y 4 el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.

10.2. Límites del resarcimiento por daños. En cuanto al límite de resarcimiento por daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente que resulte de aplicación sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, éstos deberán ser siempre acreditados por el consumidor. En ningún caso la Agencia se responsabiliza de los gastos de alojamiento, manutención, transportes y otros que se originen por causas de fuerza mayor.

Cuando el viaje se efectúe en autocares "vans", limusinas y similares contratados por la agencia Organizadora directa o indirectamente, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el consumidor habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad transportista a fin de salvaguardar en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por la agencia organizadora.

Delimitación de los servicios del viaje combinado

11.1. Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto. En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de hora y media sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato.

En la contratación de servicios sueltos, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida de los vuelos.

11.2. Hoteles.

2.1. General. La calidad y el contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En algunos casos se facilitará en el programa información de la categoría de los hoteles de acuerdo a la información obtenida de los organismos de Turismo de los respectivos países y a la calificación de otras Agencias Mayoristas, aunque esta no sea la vigente en el país concreto.

    Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en alguna de éstas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación, y así figurará reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reserva facilitados al consumidor al abonar el anticipo, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con dos camas, cuando así se especifique en la oferta del programa/oferta.

    El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 15 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 10 horas del día de salida.

    Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es necesario, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apartamentos directamente, según los casos.
    Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y apartamentos.

    El servicio de alojamiento del hotel se entenderá prestado siempre que la habitación haya estado disponible para el cliente en la noche correspondiente, con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto.

    2.2. Otros servicios. En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la oferta del programa/oferta, será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19.00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.

    Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica.

    En los circuitos los autocares pueden variar en sus características en función del número de participantes. Si en alguna salida no se llega al número suficiente de viajeros, es posible que se utilice un minibús o "van" que salvo indicación expresa en contrario, no tienen los asientos inclinables. Asimismo en la descripción de cada circuito está indicado si el autocar posee o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tienen si nada se indica.

    El transporte en los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en "van" o en vehículos Todo Terreno característicos de cada país. En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte puede no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a los que son propios del país de destino del viaje.

    2.3. Servicios Suplementarios. Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados.

    En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia detallista inmediatamente al desistimiento del servicio por parte del consumidor o al regreso del viaje, según el usuario haya optado por el desistimiento en la prestación del servicio suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud.

11.3. Apartamentos. Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente responsable de hacer la declaración correcta del número de personas que han de ocupar el apartamento, sin omitir los niños cualquiera que sea su edad.

Se advierte que la administración de los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esa causa.

En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s o cunas que deberán ser solicitadas por los clientes antes de celebrarse el contrato, y que salvo expresa mención en contrario, no estarán incluidas en el precio publicado del apartamento.

En el alquiler de apartamentos, en algunas ocasiones, ha de suscribirse in situ el correspondiente contrato de arrendamiento según el modelo oficial autorizado. Este contrato debe ser firmado por el consumidor, quien abonará la correspondiente fianza o seguro de responsabilidad civil por responder a los eventuales desperfectos, si aquella es exigida.

11.4. Circuitos. La Agencia Organizadora pone en conocimiento de los clientes, que en los circuitos especificados en el programa, el servicio de alojamiento se prestará en cualquiera de los establecimientos relacionados en el mismo o en algún otro de igual categoría y zona e igualmente que el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según alguna de las opciones descritas en el programa- oferta.

En los casos anteriores, si el consumidor acepta dicha información previamente a la celebración del contrato, esta indefinición no supondrá modificación del mismo.

11.5. Condiciones económicas especiales para niños. Dada la diversidad del tratamiento aplicado a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento será objeto de información concreta y detalla y se recogerá en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue en el momento de su firma.

En general, en cuanto al alojamiento serán aplicables siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos.

En lo referente a estancias de menores en el extranjero se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue al suscribirlo.
Informamos que la compañía aérea puede requerir en el aeropuerto documento acreditativo de la edad del niño.

Pasaporte, visado y documentación

Todos los usuarios, sin excepción, deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o DNI, según las leyes del país o países que se visitan.

Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención, pasaportes, certificados de vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios.

Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse.

Para viajar fuera de la Unión Europea es obligatorio llevar al viaje pasaporte en vigor y con una fecha de caducidad superior a 6 meses. la agencia organizadora no asume responsabilidad y no devolverá cantidad alguna por que el cliente no cumpla con este requisito.

Información que la agencia detallista debe facilitar al consumidor

Se informa al consumidor que en el momento de la celebración del contrato deberá recibir de la Agencia Detallista la información pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos probables implícitos al destino y viaje contratado, en cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2007.

A estos efectos se recomienda, no obstante al consumidor contacte al Ministerio de Asuntos Exteriores cuya oficina de información proporciona recomendaciones específicas según destino a través de Internet (http: //www.mae.es) o por cualquier otro medio.

Otras informaciones complementarias

15.1. Equipajes. A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del usuario los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocados, y que se transporta por cuenta y riesgo del usuario. Se recomienda a los usuarios que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes.

En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipaje, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el consumidor deberá presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transportes. La Agencia Organizadora se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clientes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias.

15.2. Las fotografías y mapas que se reproducen en el catálogo están destinados únicamente a ofrecer una mayor información a los Sres. Clientes. En caso de que se produjera cualquier tipo de modificación en los establecimientos, ello no podrá ser considerado como publicidad engañosa por parte de la Agencia Organizadora.

15.3. La Agencia Organizadora no se hace responsable de los cambios de Dirección/Management de los hoteles contenidos en el catálogo posteriores a su edición, así como de las repercusiones y/o consecuentes cambios que ello conlleve (nombre, servicios, categoría del establecimiento, cierre parcial de las instalaciones, etc..) que en cualquier caso, serán puntualmente comunicados al usuario.

EN CADA PROGRAMA ENCONTRARÁ LAS CONDICIONES ESPECIALES QUE HACEN REFERENCIA A CADA DESTINO EN CONCRETO.

Seguro

En cada programa encontrarán las garantías del seguro correspondiente con posibilidad de contratación con la compañía Intermundial SEGUROS.

Protección de datos

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos personales que usted nos facilite quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros titularidad de IKASTRAVELLING S.L. representante legal de Happy Erasmus Bilbao con el fin de poder atender su petición y prestarle el servicio solicitado, así como para mantenerle informado, incluso por medios electrónicos, sobre cuestiones relativas a la actividad de la empresa y sus servicios.

Asimismo, le informamos de la posibilidad de ejercer, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal mediante correo electrónico dirigido a info@happyerasmusbilbao.com o bien mediante escrito dirigido a Av. Lehendakari Aguirre 2, 48014 Bilbao, España.

IKASTRAVELLING S.L. en representación de Happy Erasmus Bilbao le informa y usted acepta que, para cursar adecuadamente la petición que realiza mediante el presente formulario, sus datos de carácter personal pueden ser comunicados al proveedor de los servicios que hayan sido objeto de contratación por parte de usted (ya sea restaurante, promotor de espectáculo, touroperador, hotel, etc).

Asimismo, en aquellos casos en que usted facilite a IKASTRAVELLING S.L. en representación de Happy Erasmus Bilbao datos de terceras personas, se compromete de forma expresa a obtener el consentimiento de dichas terceras personas, antes de comunicar sus datos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente reguladora del viaje combinado, se comunica que los cambios que operen en la información contenida en el programa/oferta se comunicarán claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato.

Seguridad

Contamos con las máximas medidas de seguridad comercialmente disponibles en el sector. Además, el proceso de pago funciona sobre un servidor seguro utilizando el protocolo SSL (Secure Socket Layer). El servidor seguro establece una conexión de modo que la información se transmite cifrada mediante algoritmos de 128 bits, que aseguran que sólo sea inteligible para el ordenador del Cliente y el del Sitio Web.

Una vez introducidos los datos, la entidad bancaria validará su tarjeta de crédito, y procederá al cobro. En este momento el pedido será efectivo, y se comenzará su proceso y enví­o.
 
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